Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad de Civil (COSOC)
Los Consejos Comunales de la Sociedad Civil, tienen un carácter consultivo y pueden apoyar el cumplir con el objetivo de incidir en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas comunales, sectoriales y en la propia gestión del municipio.
¿Quiénes pueden integrarlo?
Juntas de vecinos, Clubes Deportivos, Clubes de Adultos Mayores, Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, Asociaciones y Comunidades Indígenas, Asociaciones Gremiales, Organizaciones Sindicales y Organizaciones de Interés Público de la Comuna.
Funciones y atribuciones del COSOC (Más relevantes)
Pronunciarse en el mes de Abril de cada año, sobre cuenta pública del Alcalde.
Cobertura y eficiencia de los servicios municipales y materias que hayan sido establecidas por el Concejo.
Formular observaciones a los informes que el Alcalde presente sobre presupuesto de inversión, plan comunal, plan regulador.
Formular consultas al Alcalde respecto de materias sobre las cuales debe pronunciarse el Concejo Municipal.
Solicitar al Alcalde, previa rectificación de los Concejales, la realización de un plebiscito comunal, entre otras.